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Ley 21.808 crea subsidio unificado de empleo

La Ley 21.808 establece un subsidio unificado de empleo que reemplaza programas anteriores y entra en vigencia el 1 de octubre de 2026. Este subsidio puede reducir los costos de contratación hasta en un 20% para empresas que contraten a jóvenes, mujeres, personas mayores o con discapacidad. Se requiere que los trabajadores tengan un historial de desempleo y cumplan con ciertos criterios socioeconómicos. El subsidio dura hasta 12 meses, con condiciones específicas para mantenerlo, y las empresas deben estar al día en sus obligaciones laborales. Se recomienda revisar la dotación actual y las cotizaciones antes de su implementación.

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Laboral2026-04-08

La Ley 21.808 reemplaza el Subsidio al Empleo Joven (SEJ), el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) y el Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes por un sistema único administrado por Sence. Entra en vigencia el 1 de octubre de 2026. Si tu empresa contrata personas de entre 18 y 24 años, mujeres de 25 a 54, trabajadores desde 55 años o personas con discapacidad, este subsidio puede reducir tu costo de contratación hasta en un 20% de la remuneración bruta mensual.


Qué cambió

Hasta ahora, el Estado subsidiaba la contratación formal a través de 3 programas separados: el SEJ, el BTM y el Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes. Cada uno con su propia plataforma, sus propios requisitos y sus propios topes. La Ley 21.808, publicada el 13 de marzo de 2026, los reemplaza por un sistema único: el Subsidio Unificado de Empleo (SUE), de cargo fiscal, administrado por Sence.

El objetivo: promover el empleo formal, el reingreso al mercado laboral y la primera contratación. Se excluyen las sociedades del Estado y las empresas públicas creadas por ley.

La ley define 4 grupos prioritarios:

Para acceder, la persona trabajadora debe acreditar desempleo previo de al menos 6 meses continuos u 8 discontinuos dentro de los 18 meses anteriores a la postulación, percibir una renta bruta mensual igual o inferior a 2,25 ingresos mínimos mensuales (IMM) y pertenecer a un tramo de vulnerabilidad socioeconómica que se fijará por decreto del Ministerio del Trabajo, con un tope de 60%. Las personas con discapacidad están exentas de este último requisito.

Qué puede significar para tu empresa

El subsidio opera en dos direcciones: un aporte para la empresa y otro para la persona trabajadora. Ambos pueden llegar hasta el 20% de la remuneración bruta mensual, con fórmulas diferenciadas por tramo de ingreso.

Para la empresa, el aporte se estructura en tramos ascendentes y descendentes según la remuneración del trabajador, con un tope de 2,25 IMM. Para la persona trabajadora dependiente, la ley distingue 3 tramos: bonificación ascendente (entre 0 y 1 IMM), bonificación fija (entre 1 y 1,25 IMM) y bonificación descendente (entre 1,25 y 2,25 IMM). El aporte al trabajador nunca puede ser inferior al 2,5% de un IMM.

El beneficio dura hasta 12 meses. Pero si contratas personas con discapacidad o tu empresa califica como micro o pequeña empresa, el plazo se extiende a 15 meses.

Con todo, hay condiciones que tu empresa debe cumplir para mantener el subsidio. Y si las incumples, el efecto es inmediato.

La empresa debe estar al día en obligaciones laborales y previsionales. Si registra cotizaciones impagas por 2 meses (continuos o discontinuos), el subsidio termina. Tampoco pueden acceder empresas condenadas recientemente por prácticas antisindicales, vulneración de derechos fundamentales o delitos concursales.

La ley declara incompatibilidad con otros beneficios de contratación financiados con cargo a la Ley de Presupuestos. Y para la obtención indebida del subsidio, remite al artículo 467 del Código Penal (estafa), con restitución de sumas reajustadas, intereses y cobranza por Tesorería.

Qué puedes hacer ahora

Antes de julio 2026: Revisa tu dotación actual. Identifica cuántos trabajadores podrían calificar dentro de los 4 grupos prioritarios y en qué tramos de remuneración se ubican. Cruza esa información con tus planes de contratación del segundo semestre.

Antes de septiembre 2026: Verifica que tu empresa esté al día en cotizaciones previsionales y obligaciones laborales. Cualquier mes impago es un riesgo directo: 2 meses de cotizaciones impagas y pierdes el subsidio completo. Revisa también si existe alguna condena vigente por prácticas antisindicales o vulneración de derechos fundamentales que te excluya.

Octubre 2026 (entrada en vigencia): Solicita el subsidio directamente ante Sence. Tanto la empresa como el trabajador pueden postular. Los parámetros del sistema (porcentaje de vulnerabilidad, montos) se ajustarán anualmente por decreto, sin necesidad de modificar la ley.

Si actualmente tienes trabajadores que reciben SEJ, BTM o Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes, ten presente que esos programas dejarán de operar. La ley contempla un período de transición hasta 2027 para los beneficiarios actuales, pero el portal del SEJ ya dejó de aceptar nuevas postulaciones.


Si necesitas evaluar el impacto del SUE en tu estructura de costos de personal o preparar la postulación, agenda una reunión de diagnóstico con nuestro equipo.


Accede acá al texto completo de la ley: Ley 21.808


Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal para un caso específico.

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